Los estados financieros muestran los hechos con incidencia económica-financiera que ha realizado un ente público a una fecha y/o durante un período determinado y son necesarios para mostrar los resultados del ejercicio presupuestal, así como la situación patrimonial de los mismos, todo ello con la estructura, oportunidad y periodicidad que la ley establece. El objetivo general de los estados financieros, es proporcionar información a los usuarios sobre la situación financiera, los resultados de la gestión y sobre el ejercicio de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de los entes públicos; así como, ser de utilidad para la toma de decisiones respecto a la asignación de recursos, su administración y control; a su vez, constituyen la base de la rendición de cuentas, la transparencia y la fiscalización de las cuentas públicas.
La información financiera que refleja la gestión de los recursos y las transacciones financieras realizadas.
Informe financiero anual que detalla los ingresos recaudados, los gastos realizados y la posición financiera general de una entidad gubernamental
Plan financiero detallado y autorizado que establece los ingresos y gastos proyectados para un período determinado en la administración gubernamental. Sirve como guía para la asignación y control de los recursos financieros en los sectores público y estatal.
Instrumento legal que define las fuentes y montos de los ingresos que el gobierno tiene derecho a recaudar durante un período específico, siendo fundamental para garantizar el funcionamiento y desarrollo de las actividades gubernamentales.
Las aportaciones federales que con cargo Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social reciban las entidades, los municipios y las demarcaciones territoriales, se destinarán exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto nivel de rezago social conforme a lo previsto en la Ley General de Desarrollo Social, y en las zonas de atención prioritaria.
Implican la asignación de recursos financieros con el objetivo de generar beneficios futuros, abarcan una amplia gama de áreas, como infraestructura, tecnología, desarrollo de productos, entre otros.
De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental la Secretaría de Hacienda, las secretarías de finanzas o sus equivalentes de las entidades federativas, así como las tesorerías de los municipios y sus equivalentes en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, deberán hacer pública en su página oficial y actualizar por lo menos cada tres meses la información financiera de todos los entes públicos que conforman el correspondiente orden de gobierno.