Comprobante Fiscal Digital

Para adquirir el Comprobante Fiscal Digital deberá enviar a la siguiente dirección de correo electrónico: facturacion@capitaldezacatecas.gob.mx, que pertenece a la Presidencia Municipal de Zacatecas, los siguientes datos de facturación, haremos llegar tu comprobante al correo(s) electrónico(s) que nos indiques.

Datos de facturación:

  • Nombre o razón social
  • Dirección completa: Calle, colonia, código postal, localidad, municipio, núm. exterior, núm interior ( en caso de ser necesario)
  • Forma de pago (Favor de enviar su comprobante de pago, boucher, transferencia o cheque, ya sea la póliza o foto del cheque)
  • Uso del CFDI
  • RFC
  • Teléfono
  • Número de recibo
  • Monto del recibo
  • Concepto del recibo
  • Correo electrónico para hacerte llegar tu comprobante fiscal.
  • Constancia de situación fiscal o régimen fiscal.


Régimen fiscal

La implementación del CFDI 4.0 ha generado confusiones, esto a pesar de que el CFF establece los requisitos que deben cumplir los comprobantes para ser válidos ante la autoridad. Entre las principales problemáticas que ha traído consigo la nueva versión del CFDI se recalcan las siguientes:

Algunos contribuyentes piden o emiten la facturación de diferentes productos y servicios, pero no están dados de alta con el régimen adecuado (de acuerdo con su actividad económica), imposibilitando la emisión de los CFDI.

Ejemplificando esta situación: una persona física en el régimen de Sueldos y Salarios (605) realiza una compra y que el uso del CFDI a emitir sea Gastos en General (G03); al ser incompatibles, el CFDI no podrá emitirse. Es por ello que, el régimen y el uso deben ir en la misma línea.

El régimen fiscal es el conjunto de derechos y obligaciones a los que el contribuyente se hace acreedor al desempeñar una actividad económica específica.

Nota: Esto quiere decir que para el Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios (605), solo podrá llevar el uso de CFDI S01 (Sin efectos fiscales), para poder hacer uso de G03 (Gastos en general) o cualquier otro uso de CFDI, es necesario que cambie o active el Régimen fiscal de acuerdo a su Actividad Económica.


Facturación de pago en línea:

Estimado contribuyente, con la finalidad de llevar a cabo la facturación de su pago en línea, es necesario enviar el número de referencia, es decir, la “clave catastral” (en la imagen de abajo se puede apreciar el dato) de ésta manera, su recibo será impreso en nuestras oficinas y estará disponible para que Usted pueda pasar directamente a recogerlo en el área de recaudación general (cajas) de ésta Presidencia Municipal.



Artículo 29.- Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, dichos comprobantes deberán reunir los requisitos que señala el Artículo 29-A de este Código. “El comprobante que se expida deberá señalar en forma expresa si el pago de la contraprestación que ampara, se hace en una sola exhibición o en parcialidades. Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición, en el comprobante que al efecto se expida se deberá indicar el importe total de la operación y, cuando así proceda en términos de las disposiciones fiscales (si realiza un solo pago de varios recibos se efectuará una sola factura por el monto total de ambos, excepto para el pago en efectivo).”

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